Por Corina Ríos
Juan Bautista Alberdi [1810 – 1884] escribió: Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, que por el extenso título, se lo abrevió por las Bases y el mismo Alberdi explicó:
Mi libro de las BASES es una obra de acción que, aunque pensada con reposo, fue escrita velozmente para alcanzar al tiempo en su carrera y aprovechar de su colaboración, que, en la obra de las leyes humanas, es lo que en la formación de las plantas y en la labor de los metales dúctiles. Dejad que el metal ablandado por el fuego recupere, con la frialdad, su dureza ordinaria: el martillo dará golpes impotentes.
Hay siempre una hora dada en que la palabra humana se hace carne.
Cuando ha sonado esa hora, el que propone la palabra, orador o escritor, hace la ley.
Después del prólogo de nuestra Constitución, encontramos: Primera Parte - Declaraciones, derechos y garantías
Artículo 39.- Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados. El Congreso deberá darle expreso tratamiento dentro del término de doce meses. El Congreso con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara sancionará una ley reglamentaria que no podrá exigir más del 3% del padrón electoral, dentro del cual deberá contemplar una adecuada distribución territorial para suscribir la iniciativa.
Tras el complot disfrazado de saqueos organizado por el don Eduardo Duhalde, nuestra Patria fue el hazmerreir del mundo por haber tenido 5 presidentes en el término de 10 días. Una vez ungido presidente por los 262 legisladores presentes en el Honorable Congreso de la Nación Argentina, la irritación pública fijó sus ojos en las jubilaciones de privilegio…
Y, conjuntamente con Radio Show, Poder Ciudadano y el programa de Luis Majul (La Cornisa) se inició una campaña para derogar el régimen de jubilaciones de privilegio [1] mediante la iniciativa popular del artículo 39 de nuestra CN.
¿Vas a esperar que Dios y la Patria se lo demanden?, fueron los avisos que poblaron las calles de Buenos Aires para convocar a los ciudadanos a un encuentro abierto que se realizaría en la Feria del Libro para continuar con las estrategias de acción colectiva e impulsar la iniciativa popular (Se reunieron más de 2 millones de firmas)
La iniciativa ciudadana de derogar las jubilaciones de privilegio siguió su curso… hasta que el ungido presidente Duhalde, sentenció (Diciembre/2002) que eran “derechos adquiridos”
Éste derecho adquirido es un privilegio vitalicio, alcanzado antes de los 50 años por desempeñar unos meses o pocos años, tareas como funcionarios o legisladores (se estima en más de 10.000) sin considerar sus actividades anteriores y sin necesitar reunir la edad mínima.
[1] El origen legal de las jubilaciones de privilegio se remonta a Noviembre de 1973cuando el Congreso, de mayoría peronista por ser Juan D. Perón el presidente, extendió a los legisladores el beneficio que desde la década del 60 sólo regía para el Poder Judicial. La presidenta María Estela Martínez de Perón incluyó en el sistema al titular del Ejecutivo y sus funcionarios de Estado.
NOTA: Está más que claro que la Constitución “está”. El ‘2002 fue la hora en que la palabra humana estuvo y se hizo carne y fuimos "nos" quienes pretendimos que por ley se derogaran semejantes privilegios…
Lamentablemente el Poder Judicial está pintado lo que permite que reine la inseguridad jurídica y continúe en contubernio con los políticos y en el prevaricato.
¡¡¡Oremos!!!
Desde La Matanza, Corina Ríos - 22 de Julio/2009
Boletín Info-RIES nº 1102
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*Ya pueden disponer del último boletín de la **Red Iberoamericana de
Estudio de las Sectas (RIES), Info-RIES**. En este caso les ofrecemos un
monográfico ...
Hace 3 meses
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