La oposición se sumó a obligar a privados a ceder tierras para viviendas sociales
Ya ocurrió en el 13S y sucede en los preparativos del 8N:
Quienes se movilizan no solamente se manifiestan descontentos con la Administración Cristina sino que condenan por igual a los supuestos opositores, a quienes les niegan esa categoría, acusándolos de similitudes evidentes con el oficialismo.
Ese tema reapareció en el Legislativo Nacional con el sufragio a partir de los 16 años, y en el Legislativo bonaerense con la llamada "Ley de Hábitat": la Cámara de Diputados bonaerense aprobó el proyecto, con el apoyo de la oposición, que obliga a grandes emprendimientos inmobiliarios a ceder tierras para la construcción de viviendas sociales.
Es lo de siempre:
Los políticos consideran que todo privado que logra algún ascenso socioeconómico lo consigue robando, tal como lo hacen los políticos, y entonces hay que castigarlo de algún modo.
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24)
La Cámara de Diputados
bonaerense aprobó el proyecto de ley de Acceso Justo al Hábitat
-redactado por los kirchneristas Alberto España, Alicia
Sánchez -esposa de Luis D’Elía, titular de la
Federación de Tierra, Vivienda y Hábitat, y Marcelo Saín, todos
en nombre de Unidos y Organizados-, aunque con varias
modificaciones sobre el proyecto original. Luego de varias horas de labor
parlamentaria, la sesión abrió con el tratamiento de dicha iniciativa, que
alguna vez amago presentar Scioli, aunque finalmente congeló.
Con el proyecto se legitima la ausencia o incompetencia del Estado
por sí mismo para resolver las cuestiones sociales.
¿O acaso el Estado
precisa, para construir soluciones habitacionales, que los privados tengan que
donar tierras que, en muchos casos, fueron adquiridas al propio Estado, o más
dinero del que establecen la Afip y ARBA?
El concepto que avala la oposición es el siguiente:
El Estado le termina
exigiendo siempre a los privados que hagan más contribuciones por los ciudadanos
menos pudientes porque el Estado es incompetente (vía su Instituto de la
Vivienda) para hacerlo y solamente puede legislar para obligar a los
privados.
Entonces, ¿qué hace el Estado, más allá de legislador
con cuestionable aptitud?
¿A qué aplica el Estado los recursos financieros y
humanos (Instituto de la Vivienda) que debería destinar a resolver esa
problemática?
Bajo ese punto de vista, paradójicamente, el Estado
termina reconociendo que le exige a los privados que hagan aquello que el Estado
es inepto para resolver.
Pero lo hace en nombre de una pretendida 'solidaridad
social obligatoria'.
La iniciativa fue aprobada por legisladores del Frente para la
Victoria y otras bancadas como la UCR, Coalición Cívica, Alternativa Peronista,
Frente Amplio Progresista, Pro Peronismo, Nuevo Encuentro y Proyecto Bonaerense.
Por la negativa se pronunciaron los denarvaístas de Unión Celeste y
Blanco.
La diputada bonaerense Alicia Sánchez dijo:
"Todos los
loteos abiertos que se realizan tienen que ceder al Estado entre el 34% y el 35%
para la apertura de calles. Los barrios cerrados usufructúan de los servicios
del Estado como rutas y asfaltos y no devuelven nada al Estado. Acá se les está
pidiendo el 10% de toda la tierra y estamos hablando de grandes emprendimientos
inmobiliarios, de 5.000 metros en adelante".
Ella aclaró que el proyecto de ley no establece la entrega de terrenos,
sino que se solicita el "10% en efectivo con el que se comprarían otras
tierras para edificar viviendas populares o ese dinero iría para microcréditos.
Es una devolución que se le hace al Estado para invertir a su vez en viviendas
populares y en el mejoramiento urbano".
Sánchez indicó que en la provincia de Buenos Aires hay 15 millones de
habitantes y calculó que existe "un déficit de casi 2 millones de
viviendas".
La norma dispone una cláusula para que los grandes emprendimientos
inmobiliarios que se desarrollen en la Provincia, como los countries,
estén obligados a ceder tierras en el mismo lugar del emprendimiento u otros, o
abonar una "compensación monetaria" para la construcción de
"viviendas sociales".
Pero también, se deja abierta la posibilidad para la
expropiación de los terrenos.
Otra vez: hay un esquema tributario pero el Estado, que fija y
regula ese esquema tributario, ahora considera que no es suficiente pero no lo
modifica impositivamente sino que establece otro mecanismo
paralelo.
Es lo de siempre: los políticos consideran que todo privado que
logra algún ascenso socioeconómico lo consigue robando, tal como lo hacen los
políticos, y entonces hay que castigarlo de algún modo.
En ese marco, se establece un mínimo del 10% y hasta un máximos del 33% del
terreno que deberán ceder los emprendimientos de más de 5.000 metros
cuadrados.
El texto terminó aprobándose por amplia mayoría, pero luego de una larga
negociación que incluyó la decisión del bloque oficialista de 'abrir'
el proyecto, luego de la imposición original de pelearlo 'sin
modificación'. Alrededor de 50 cambios al texto original garantizaron el
acompañamiento de los distintos bloques.
Entre los principales aspectos que contempla la iniciativa, que ahora
deberá ser considerada por el Senado bonaerense para continuar su trámite
parlamentario, se busca promover la generación y facilitar la gestión de
proyectos habitacionales, de urbanizaciones sociales y de procesos de
regularización de barrios, y abordar integralmente la diversidad y complejidad
de la demanda de viviendas.
El proyecto apunta a que los municipios puedan hacerse de terrenos, cuando
autoricen grandes emprendimientos urbanísticos, para desarrollar planes sociales
de viviendas.
También, de disponer parcelas con el mismo destino de construcción de
casas, por eso se incluye la figura de la expropiación como una de las
alternativas.
Y que el Estado es quien aporta la infraestructura mínima que posibilita el
uso y la urbanización de terrenos.
"Hemos votado una ley que garantiza a todos los bonaerenses el acceso a
su propia casa y a su propia tierra", sostuvo el presidente de la Cámara de
Diputados de la provincia de Buenos Aires, Horacio González.
(?)
La iniciativa crea, en el ámbito de la Autoridad de Aplicación, el Fondo
Fiduciario Sistema de Financiamiento y Asistencia Técnica para la Mejora del
Hábitat, con el objeto de financiar, bajo cualquier modalidad, las necesidades
de familias de bajos recursos con déficit urbano habitacional que no sean
consideradas sujetos de crédito por la banca formal, ya sea por sus bajos
ingresos o por carecer de garantías reales. El Poder Ejecutivo reglamentará su
duración, funcionamiento y mecanismos de administración y control.
Un punto que avivó el debate son los artículos que consignan que
“constituyen hechos generadores de la participación del municipio en las
valorizaciones inmobiliarias en su ejido, según la normativa, las autorizaciones
administrativas que permitan o generen grandes desarrollos
inmobiliarios”.
En consecuencia, los sujetos obligados al pago de la contribución
establecida por el Municipio en que se que desarrollen los emprendimientos tales
como de clubes de campo, barrios cerrados y toda otra forma de urbanización
cerrada; o cementerios privados o de emprendimientos de grandes superficies
comerciales, quedando incluidos en esta última categoría los establecimientos
que conformen una cadena de distribución según lo establecido en la Ley 12.573 y
su reglamentación, siempre que ocupen predios de más de cinco mil metros
cuadrados (5.000 m2.), sin importar el área o zona del ejido municipal en la que
se instalen, cederán como pago a cuenta de la determinación definitiva, sujeto
al cómputo de equivalencia y valorización final, el 10% de la superficie total
de los predios afectados o sus equivalentes en dinero o suelo urbinazable.
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