Una ley que viene de la dictadura, en el plan K
Ley 21.499/1977
Por Alcadio Oña
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, el Presidente de la Nación sanciona y promulga con fuerza de ley...”. Así arranca la ley 21.499, que en buena medida el Gobierno usaría para la expropiación de acciones de YPF : es un soporte clave del borrador que ayer circuló, tanto en despachos oficiales como privados.
La 21.499 es del 17 de enero de 1977 y lleva la firma de Jorge Rafael Videla.
Por si no fue advertido, el llamado Proceso de Reorganización Nacional no es otra cosa que la dictadura militar que, en 1976, derrocó al peronismo.
Esa normativa sobrevivió a todos los gobiernos democráticos que siguieron al de Raúl Alfonsín y, obviamente, está vigente.
Es un verdadero manual para prácticas que fueron comunes entonces:
Desde expropiar empresas, viviendas y obras hasta terrenos, campos y maquinaria .
Muchas veces fueron víctimas del sistema los desaparecidos, cuando no les robaron directamente los bienes.
También, empresarios a los que se consideró enemigos del régimen.
Vale una aclaración enorme:
"Nada es comparable con la expropiación de acciones de YPF, impulsada por un gobierno elegido por el pueblo y que deberá ser validada por el Congreso de la Nación"
Pero todo sigue vigente: la ley, la amplitud de las atribuciones que da al poder político, su discrecionalidad y hasta el lenguaje empleado.
Más lo que se quiera.
Dice, por ejemplo, que “la utilidad pública (...) comprende todos los casos en que se procure la satisfacción del bien común, sea éste de naturaleza material o espiritual”.
Por entones, el “bien común” era el que determinaba la dictadura.
Y siguiendo el diccionario de la Real Academia, lo
“espiritual” puede ser asociado al pensamiento.
Aun cuando suene a redundante, esto continúa en pie.
Igual que la posibilidad de que la expropiación pueda alcanzar a “ cualquier clase de persona, de carácter público o privado"
La 21.499 también dice:
“Es susceptible de expropiación el subsuelo, con independencia de la propiedad del suelo”.
Por este punto, las provincias deberían quedarse tranquilas, pues la Constitución les garantiza la propiedad de los yacimientos, o sea, del subsuelo. (1)
En cambio,según el borrador de la ley de expropiación de acciones de YPF quedan afuera de la más mínima participación en la propiedad de la empresa.
Un artículo señala que
“el Poder Ejecutivo Nacional actuará como expropiante” y estará facultado para transferir las acciones “a cualquier organismo o empresa pública de propiedad del Estado Nacional ”
Claramente, entonces, no habría acciones para las provincias petroleras.
Y como encima no tienen garantizados lugares en el directorio, todo derivó en un conflicto con los gobernadores.
Otro punto clave de la operación es que caerá una claúsula rígida del estatuto de YPF.
Establece que quien quiera adquirir más del 14,9 % del paquete accionario,
debe hacer una oferta por el 100 % así sería posible que el Estado Nacional tome el 50,01 %,
aunque al riesgo de entrar en zona de pleito.
Luego quedan flotando varios interroganes.
¿Por qué se expropiarían todas las acciones del grupo Esquenazi y una parte, aunque no menor, de las que están en poder de Repsol?
¿Cuál será el precio que el Gobierno está dispuesto a pagar?
O debe quedar afuera el lucro cesante, como establece la ley 21.499.
En el sector dan por hecho que lloverán juicios, aquí y en el exterior.
Pero también cuenta la plata que el Gobierno esté dispuesto a pagar por las acciones.
Ya es grande como pocos el paso que piensa dar el kirchnerismo.
Claro que no estará libre de secuelas, entre ellas, las que vendrán del lado de los inversores.
Y el mismo uso de la ley de Videla, con la amplitud de facultades que otorga al poder político, sienta un precedente que puede ser aplicado para otros casos.
...
COMENTARIO
(1) La Constitución Nacional no es respetada en ninguno de los 43 artículos de la Primera Parte:
Declaraciones, derechos y garantías
Lo del suelo es un verso: Recordemos los negociados de la Barrick Gold y las explotaciones de las minas en el suelo argentino...
Nuestra presidente
(aunque no la hayamos votado) ha abierto varios flancos.
Uno de ellos:
Islas Malvinas
Sí en 1982 nuestro país hubiera recuperado las Islas:
El gobernador electo allí, ¿
no estaría reclamando la coparticipación como ocurre con la mayoría de las provincias del territorio?
¿Y la explotación del petróleo de las Islas...?
No hay comentarios:
Publicar un comentario