Que un Presidente de la Nación decrete duelo nacional, no es más que una atribución emanada del inc 1 del art 99 de la Constitución Nacional.
El uso de tal discrecionalidad constitucional, está íntimamente relacionada a la valoración que se haga de la pérdida de la vida humana, la exteriorización de sentimientos de dolor y solidaridad y la necesidad de compartir colectivamente el propósito de dedicar esos días a la reflexión o memoria.
La señora Cristina Fernández de Kirchner, a lo largo de su mandato como Presidente de la Nación, hizo reiterado uso de este instrumento normativo.
Mediante la firma de decretos, afirmó colectivamente el recordatorio de distintas muertes, a las que siempre reivindicó en sus considerandos.
Un sencillo repaso arroja que, mediante el Decreto N-2109 dispuso tres días de duelo por el fallecimiento de Leonardo Favio;
en Octubre del año 2010, por Decreto N´1560, tres días por la muerte del ex presidente Hugo Chavez;
por Decreto N`1507 del año 2010, dos días de duelo por el fallecimiento del artista Gustavo Cerati;
en el año 2012 por decreto N´245, dos días de duelo por la masacre ferroviaria de la estación Once;
ese mismo año por Decreto N´970, tres días de duelo por el accidente vial que causara la muerte de nueve gendarmes y heridos en la Provincia de Chubut;
en Agosto del año 2013 dos días de duelo por los diez muertos resultado de la explosión de una caldera en la ciudad de Rosario;
en julio del año 2013 por Decreto N´341,
tres días de duelo por las decenas de muertes en las inundaciones de la ciudad de La Plata
y en Octubre del año 2014 dos días de duelo por la muerte del dirigente Antonio Cafiero.
Por tomar arbitrariamente uno de los supuestos citados;
en el caso del artista Gustavo Cerati, la señora Presidente consideró que “…había consagrado su vida a la actividad artística, destacándose como un notable autor, compositor, guitarrista….
Decidió además que la bandera se mantuviera izada a media asta por 48 hs e instruyó a quien fuera su jefe de gabinete para que le hiciera llegar sus condolencias a la familia…”.
Por cierto la obra de Cerati merecía tamaño reconocimiento.
Lo que resulta difícil de comprender, en el cotejo, es porqué no hizo uso de esta atribución en homenaje a la memoria del Fiscal especial de la causa AMIA, Dr Alberto Nisman, sobre todo teniendo en cuenta que su vida ha sido cuidadosamente suprimida y que, según verbalizó el coro gubernamental, esto los tiene a todos muy apenados.
El luto oficial es una costumbre heredada que los Estados utilizan desde tiempos remotos para expresar en nombre y representación de los ciudadanos, el pesar y reconocimiento por el o los fallecidos, sea por ser resultado de muertes en circunstancias trágicas o por ser consideradas personalidades relevantes.
Si a criterio de la señora presidente, el Dr Nisman no merece se decreten días de duelo porque no lo pondera “personalidad destacable” y tampoco le resulta relevante su trágico y evitable final...
Al menos debería considerar esta posibilidad, como un buen y oportuno simbolismo para alejarse prudencialmente de la mismísima esfera de sospecha.
Mónica Frade. Quilmes.
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