1 - El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración.
Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
2 - El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad.
Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.
3 - El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad
4 - El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social.
Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal.
El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
5 - El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
6 - El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión.
Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre.
La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.
Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole
7 - El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales.
Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.
8 - El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
9 -El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
10 - El niño debe ser protegido contra las práticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole.
Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.
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ESCLAVITUD INFANTIL
57.000 chicos trabajan como cartoneros en Argentina
Agencia ADITAL
Los lápices, cuadernos y borradores de al menos 57 mil chicos argentinos entre 5 y 17 años son cambiados diariamente por la violencia, el riesgo a la salud y la situación de inseguridad de las calles, donde recolectan residuos para el reciclaje.
Según datos de la Encuesta de Actividades de Niños y Adolescentes (EANA) - desarrollado en 2004 - , difundido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el 60 por ciento de estos niños cartoneros son menores de 14 años.
"Los niños, niñas y adolescentes que recolectan materiales reciclables en basurales, rellenos sanitarios y en la vía pública (conocidos como cartoneros) viven una situación peligrosa que vulnera sus derechos", dijo Javier González-Olaechea Franco, el director de la OIT en la Argentina.
En el total, unos cuatro millones de menores de 17 años son afectados con el trabajo infantil en Argentina, lo que significa 50% de ese total etáreo en el país.
Además de los 57 mil que desempeñan en el reciclaje de basura regularmente, otros 51 mil cumplieron esa tarea en alguna oportunidad, aunque ya no lo hagan habitualmente.
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"Con la democracia se come, con la democracia se educa, con la democracia se cura...
Raúl Alfonsín (Presidente 1983/1989)
Los diecinueve años posteriores (intervalo 1999/2001 De la Rúa) gobernaron y admministraron la Nación militantes del Partido Justicialista:
Menem Carlos 1989/1999
De la Rúa 1999/2001
Puerta Ramón 48 horas
Rodríguez Saá Adolfo 7 días
Duhalde Eduardo 16 meses
Kirchner Néstor 55 meses
Kirchner, Cristina F. de 32 meses
(...)
Y, así continuamos...
Corina Ríos DNI 4482250
Boletín Info-RIES nº 1102
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*Ya pueden disponer del último boletín de la **Red Iberoamericana de
Estudio de las Sectas (RIES), Info-RIES**. En este caso les ofrecemos un
monográfico ...
Hace 1 mes
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