Si la fórmula que se debería aplicar o que se
va a aplicar, implica una merma de la jubilación que va a percibir el jubilado:
Entonces, la ley es INCONSTITUCIONAL
¿Por qué?
Porque en materia de DD.HH, hay dos “principios”
fundamentales
Uno es el de progresividad:
Hay que tender a dar cada vez una mayor protección
a los DD sobre todo a los derechos sociales.
El otro es el de NO regresividad
Es decir cuando se ha alcanzado un determinado
punto, lo que se puede es subir
Uno puede pasar el techo pero no puede volver para
el piso
Y eso está absolutamente regulado
Aunque sean migajas, existen 2 tratados que lo establecen
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