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Caricatura de Alfredo Sabat

miércoles, 20 de noviembre de 2019

Terminator, un fallo ejemplar


Editorial LA NACION

El Tribunal Penal Internacional (TPI) acaba de dar a conocer la condena fijada en el caso de Bosco Ntaganda, ex jefe de milicias guerrilleras que asolaron Ruanda y el Congo, más conocido como Terminator.
Fue encontrado culpable de haber cometido crímenes de lesa humanidad, y por ello recibió la dura condena a 30 años de prisión, la pena más larga desde la creación del tribunal, castigo que ya ha comenzado a cumplir, alojado en un instituto carcelario en Holanda.

En su triste pasado fue sindicado como responsable de múltiples crímenes, horribles asesinatos, esclavitud sexual y utilización de menores de edad a la manera de milicianos.
La excepcional crueldad del condenado es tal que se interpreta que se trata de una persona que siente un macabro placer al asesinar a otros.
Entre sus víctimas se comprobó que fue personalmente responsable de haber dado cobardemente muerte a un sacerdote católico.
Los hechos por los que fue juzgado se concentraron en el territorio de los llamados Grandes Lagos, al norte de la ciudad de Goma, donde 150 personas fueron masacradas en un solo día.
Sus efectivos tenían bajo su control efectivo diversas minas de oro que operaban en la zona mencionada, con las que financiaron sus operaciones.

En su momento, el ahora condenado combatió a las órdenes del actual presidente de Ruanda, Paul Kagame, cuando participó en el genocidio que afectó a ese país en 1994.

Para sus víctimas, se ha hecho justicia.
Es la primera vez en toda la historia del TPI que se condena a alguien por el aberrante crimen de esclavitud sexual.
La sentencia en su contra fue dictada por unanimidad de los magistrados actuantes.
En procura de salvar su vida, en 2013, Ntaganda se refugió en la embajada de los Estados Unidos en Ruanda.
No pudo, sin embargo, evitar ser juzgado.
Nacido en Ruanda, participó en actividades guerrilleras desde que tenía 17 años y jamás vaciló un instante en atentar contra civiles inocentes.

Una vez más, queda meridianamente claro que los Estados y sus agentes no son los únicos que pueden cometer crímenes de lesa humanidad.
Esto es lo que prescribe el derecho humanitario internacional a la luz de las Convenciones de Ginebra.
La sentencia que nos ocupa así lo ratifica, sin margen para dudas.
Entendió, además, que existían dos circunstancias agravantes.
Primero, la tremenda crueldad del condenado.
Segundo, la vulnerabilidad de sus víctimas, y así lo manifestó explícitamente.

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