Se viene un conflicto que podría tomar grandes dimensiones, luego que la Afip
anunciara este lunes (29/10) la expulsión de la firma Bunge del registro de
operadores. Las exportadoras dicen que porque necesita dólares, la Afip les
quiere volver a cobrar lo que ya pagaron, tal como ya ocurrió en otras
ocasiones, pero la diferencia es que esta vez se pondrán firmes y podría emerger
un frente común de las exportadoras. En caso de que suceda, Cristina Fernández
estará en grandes problemas.
CIUDAD DE
BUENOS AIRES (Urgente24).-
En su intento por dividir a las exportadoras, la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) expulsó este lunes (29/10)
del registro de operadores de granos a la firma Bunge por irregularidades
fiscales por alrededor de 252 millones de dólares, una decisión que le permite
seguir operando pero le quita beneficios fiscales, según el Boletín
Oficial.
Personas ligadas al sector aseguraron a
Urgente24 que tras esta medida habrá un conflicto que
puede llegar a ser de grandes dimensiones.
Las exportadoras dicen que
porque necesita dinero, la Afip les quiere volver a cobrar lo
que ya pagaron, tal como ya ocurrió en otras ocasiones.
El conflicto estallaría porque en esta
oportunidad, se pondrán muy firmes en no abonar de nuevo lo que ya
pagaron.
Esta decisión de ponerse firmes en no volver a
pagar se da porque además Echegaray (que es la voz de Cristina Fernández
en muchos casos) las veces anteriores prometió ciertas cosas a cambio pero nunca
cumplió, entonces ahora sí las exportadoras podrían hacer un frente
común
De suceder, Cristina Fernández
tendrá un gran conflicto en puerta porque al negarse a pagar no tendrá
los dólares que tanto necesita.
Cabe recordar que Bunge había sido
suspendida a inicios de mes del registro por investigaciones por evasión fiscal
por 1.200 millones de pesos (252 millones de dólares) y, según una fuente
oficial, fue expulsada debido a que no abonó el monto que reclama la
Administración Fiscal de Ingresos Públicos (Afip) que sabido es que se mantiene
al acecho.
Para ser reincorporada, tendrá complicaciones ya
que los requisitos son muy exigentes y requiere de un proceso extenso y
engorroso.
Bunge ya había sido expulsada del registro en mayo
del año pasado y posteriormente fue reincorporada.
Argentina es el principal exportador mundial de
aceite y harina de soja, el segundo de maíz, y el tercero de la soja en
grano.
Una fuente dijo a Reuters que "excluimos a
Bunge hoy (lunes) del registro de operadores de granos. Lo habíamos suspendido y
dado un tiempo prudencial a la empresa para que venga y pague. Pero pasó el
tiempo prudencial y la empresa no vino”.
"Cuando te excluyen podés volver a entrar,
pero hay un procedimiento estipulado de muy difícil cumplimiento porque tiene
que pagar hasta el último peso que debe", señaló la fuente, que pidió que
se mantenga su anonimato.
Reuters intentó comunicarse con Bunge pero no
encontró a ningún representante disponible para realizar declaraciones.
El Gobierno de la presidente Cristina
Fernández, defensor de fuertes regulaciones sobre los mercados,
tiene desde hace años una relación tensa con las grandes firmas del
sector agroexportador.
El año pasado suspendió a otras
importantes empresas del registro de granos bajo la acusación de evadir
impuestos por sumas millonarias.
El sector agropecuario es uno de los más
pujantes de la economía argentina y es una importante fuente de financiamiento
del Estado a partir de los impuestos a las exportaciones.
El titular de Afip, Ricardo Echegaray,
dijo que Bunge "es un contribuyente que no tiene buena reputación
fiscal" y aclaró que Bunge "adeuda unos 1.800 millones de pesos
producto de evasión en operaciones de triangulación con una zona franca de
Montevideo, Uruguay".
"Detectamos que fueron productos que se
cosecharon en Argentina, se utilizó transporte argentino, y se trasladó por
carreteras argentinas, para luego ser vendidas al exterior", indicó
Echegaray.
Añadió que del total, unos 600 millones
de pesos corresponden a una deuda que se originó por "haber
preanotado productos, en tiempos de intercambio de alícuotas, para pagar menos
impuestos y que luego se comprobó que no estaban comprados y ni siquiera
cosechados".
Echegaray también acusó a la compañía de
"utilizar facturas apócrifas para reclamar la devolución de IVA".
Aclaró que al darle de baja del registro la
empresa deba pagar recargos sobre las alícuotas de IVA y retenciones que abona.
El funcionario afirmó que si la compañía "regulariza su situación podrá
iniciar su trámite para el ingreso nuevamente al registro".
Justamente, este mismo lunes (29/10), se
anunció que las autoridades agropecuarias profundizarán los controles y
requerirán nueva documentación técnica para autorizar la operación de las
empresas que comercialicen y/o industrialicen alimentos y que deberán estar
inscriptas en el Registro Único de Operadores de la Cadena
Agroalimentaria.
La medida fue dispuesta por el Ministerio
de Agricultura, a través de la resolución 1052, publicada también este
lunes en el Boletín Oficial con la firma del titular de la cartera agropecuaria,
Norberto Yauhar.
A través de lo establecido por Agricultura, los
operadores anotados en el mencionado registro deberán "acreditar toda la
información" que será requerida oportunamente por las autoridades de
control a instancias de los procedimientos de fiscalización a desarrollar
"por un equipo técnico" dependientes del Ministerio de Agricultura.
Durante el desarrollo de las tareas de control,
verificación y/o fiscalización, el equipo técnico podrá requerir documentación
adicional y aclaratoria de parte de las empresas controladas, cuyo plazo de
presentación no podrá exceder de los cinco días corridos.
Según lo dispuesto por Agricultura, la autoridad
competente podrá resolver si aplica o no una medida cautelar, propuesta por la
Decisión Administrativa 659 del 8/8 y contará con un plazo máximo de diez días
para elaborar un "Informe técnico" evaluatorio, el cual podrá ser objetado en
lapso de cinco días.
Dentro del Régimen de Información establecido,
los operadores deben remitir información detallada sobre
Mercados de Granos, tales como detalle de movimientos y existencia física de los
granos con destino al mercado interno o externo, y otros detalles como
certificados de depósitos, compra-venta-liquidación, retiro o transferencia, y
Cartas de Porte Emitidas y Recibidas, entre otra documentación.
Para el caso del Mercado de Carnes, se solicitará
los listados de matanzas bovina, y de la faena y producción de carnes porcina,
ovina, equina, caprina y aviar.
También se requerirá precios de hacienda con
destino a faena e información de pagos obligatorios por parte del IPCVA.
En el Mercado de Lácteos, los equipos técnicos y
de control podrán solicitar datos del tambo y de actividad inscripta del mismo,
además de cantidad y calidad de la leche comercializada.
Además, tal como publicaba esta mañana
Urgente24, la AFI dispuso "intensificar las acciones de fiscalización"
sobre exportadores que exhiban "deudas líquidas y exigibles por cualquier
concepto" y que tramiten la devolución del Impuesto al Valor Agregado
(IVA).
La medida fue resuelta por las autoridades
impositivas a través de la Resolución General 3397, publicada este 29/10 en el
Boletín Oficial con la firma del titular del organismo, Ricardo Echegaray.
La AFIP decidió mayores controles a
"operaciones de exportación y asimilables" y establece además
"solicitudes de acreditación, devolución o transferencia" para aquellos
exportadores que tramiten la devolución del IVA.
A través de esta resolución, el organismo anuncia
que se van a "intensificar las acciones de fiscalización sobre aquellos
sujetos que posean deudas líquidas y exigibles por cualquier concepto, a favor
de esta Administración Federal, relativas a sus obligaciones impositivas,
previsionales y/o aduaneras".
Según se indicó en los considerandos, dichas
exigencias deberán ser observadas por "exportadores y otros responsables, a
fin de solicitar la acreditación, devolución o transferencia del impuesto al
valor agregado atribuible a las operaciones de exportación y a las actividades u
operaciones que reciban igual tratamiento".
Así, las autoridades adecuaron las normas de
control establecidas oportunamente a través de la resolución general 2000 a los
efectos de "optimizar la sistematización del trámite" de devolución del
Impuesto al Valor Agregado.
A través de la Resolución General 3397, se
dispuso que se incluya a aquellas firmas exportadoras que están inhabilitadas
para recibir la devolución del IVA a aquellos sujetos que registren deudas
líquidas y exigibles por cualquier concepto correspondientes a sus obligaciones
impositivas, previsionales o aduanera ante esta Administración Federal.
También se dispuso que dichas deudas "se
podrán consultar por medio del servicio de clave fiscal en la página web de este
Organismo, ingresando a la opción denominada Recupero de IVA por exportaciones -
Consulta de deuda - Art. 4 - RG 2000/06` y excluyó de la devolución del IVA a
quienes "se les detecten inconsistencias asociadas a su comportamiento
fiscal".
"En el caso de devoluciones, el pago se hará
efectivo dentro de los cinco (5) días hábiles administrativos inmediatos
siguientes a la fecha de emisión de la comunicación indicada en el artículo
anterior, sólo cuando el solicitante no registre deudas líquidas y
exigibles", expresó la nueva norma.
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