La muerte del Fiscal especial de la AMIA, Alberto Nisman, es de por sí una tragedia, no sólo personal y familiar sino de la República y también de nuestra Región Latinoamericana.
El Fiscal designado por el Presidente Kirchner a cargo de una Fiscalía Especial AMIA para investigar el mayor atentado en la historia de la Argentina, cumplía con su deber que le costó la muerte en circunstancias todavía no aclaradas.
Pero el hecho primigenio todavía está vigente, y está relacionado e identificado con el mismo.
Las opiniones y las voces de muchos sectores del país hacen hincapié, salvo honrosas excepciones, en circunstancias no probadas y accesorias y no en lo principal de los hechos en sí.
Hoy quiero referirme en el contexto de estas dos tragedias a la declaración del Canciller Timerman, en los diarios del día en Argentina quien dice textualmente:
"Nadie quería más que Nisman viviera y contestara las preguntas que la Presidenta y yo"
Cuesta entender que personas preparadas, funcionarios de muchos años, desconozcan palmariamente las reglas democráticas y republicanas que implicaba el acto de la Acusación.
La acusación la hizo el Fiscal, en representación del Estado Argentino, quien era el que acusaba.
La misma podría referirse como El Estado Argentino contra Cristina Fernandez y Héctor Timerman.
Era un acto típico y totalmente judicial, formaba parte de un proceso que estaba en curso y vigente desde hace más de 20 años y era facultad del Señor Fiscal, acusar de acuerdo a las pruebas que tuviera en sus manos y de acuerdo únicamente, a su evaluación, de nadie más.
Esta acusación elevada al Juez de la causa, sería después merituada y de acuerdo a la consideración del mismo, aceptada o desechada.
En caso de ser aceptada, se remitiría a juicio, en el cual los denunciados tendría que dar explicaciones y "responder las preguntas" tendientes a su exculpación, y luego se dictaría sentencia que los absolvería o los condenaría.
En caso de considerar el Señor Juez que la denuncia era infundada, podría no sólo rechazarla, sino sancionar o sumariar al Fiscal si advertía que era grave la negligencia en la acusación y abriría una acción penal de Denuncia Falsa contra los supuestos agravios.
El Fiscal, entiendo que no iba a contestar preguntas en la reunión del Congreso...
Iba a señalar los fundamentos del mismo, en forma secreta, a los legisladores.
Era una información.
Que el mismo deba contestar preguntas era invertir la carga de la prueba.
La idea de ir con los tapones de punta, de la cual todos se hicieron eco, es una teoría que señala la ignorancia y la desvirtuación en que todos hemos caído de las reglas de los procesos en democracia.
Tampoco los diputados de la Comisión que le propusieron, pudieron citarlo para hacerle preguntas, lo que era totalmente impertinente, una intromisión sobre el Poder Judicial y que el Fiscal no iba a permitir.
Si los denunciados, o cualquier persona que quisiera demostrar que eran inocentes quisieran aportar pruebas debieron llevarlas al Juez de la causa, y ratificarlas en el momento procesal oportuno, si éste llegaba, ya que era una probabilidad que no se diera curso a la misma.
Todo este manejo, y la parafernalia de información y opiniones tanto sobre la muerte del Fiscal como la denuncia, indica un nivel muy bajo en la comprensión de lo que significa una denuncia penal y como funciona la Democracia y la República de acuerdo a nuestro régimen Constitucional.
Elías D. Galati
Boletín Info-RIES nº 1102
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Estudio de las Sectas (RIES), Info-RIES**. En este caso les ofrecemos un
monográfico ...
Hace 1 mes
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