Editorial I
La NACION
Al declarar inconstitucional la ley de reforma del Consejo de la Magistratura, la Corte Suprema brindó una lección de defensa del republicanismo
Hay pasos tan grandes que en un primer momento cuesta adquirir una cabal noción de su magnitud. Es lo que ocurre con el admirable fallo con el que ayer la Corte Suprema de Justicia de la Nación no sólo abortó el desenfrenado intento del Gobierno para subordinar por completo a la Justicia, sino que brindó una valiente lección de constitucionalidad, civismo y republicanismo al declarar inconstitucionales cuatro artículos fundamentales de la ley de reforma del Consejo de la Magistratura, impulsada por el oficialismo.
El máximo tribunal no resolvió sobre la totalidad del paquete de leyes con las que el kirchnerismo procura el sometimiento de los jueces.
Lo hizo sólo respecto de la elección popular de los consejeros que iban a representar en el Consejo de la Magistratura a los jueces, abogados y académicos; la rechazó de plano y dejó sin efecto el decreto que convocaba a esas elecciones.
La medida, aclararon los jueces, de ninguna manera afectará el proceso electoral para los cargos de diputados y senadores nacionales.
También sostuvieron que las modificaciones respecto del quórum del Consejo y la composición de las comisiones son "inaplicables" y mantuvieron la vigencia del régimen anterior.
Esa disposición que contenía la ley iba a permitirle al órgano seleccionar y disciplinar a los jueces mediante una simple mayoría de sus miembros, lo que hubiera obrado como un factor de amedrentamiento de los magistrados por parte del poder político.
Como sostuvimos en esta columna, de haber prosperado la iniciativa del Gobierno, la elección y remoción de los jueces habría quedado en manos de consejeros seleccionados por los partidos políticos y, cabe deducir, proclives a obedecer los lineamientos de sus respectivas fuerzas políticas.
De esa manera, los jueces en ejercicio habrían quedado a merced de un consejo politizado y, obviamente, dominado por el oficialismo de turno.
Al plasmar su rechazo, el máximo tribunal del país ha hecho docencia mediante frases dirigidas al Poder Ejecutivo.
Por ejemplo, destacó que el control de constitucionalidad que realizan los jueces "es legítimo".
Agregó que la Constitución busca equilibrar el poder para limitarlo y, en una frase que no deja lugar a dudas acerca de sus destinatarios, afirmó que no es posible invocar la defensa de la voluntad popular con la finalidad de desconocer el orden jurídico, "puesto que nada contraría más los intereses del pueblo que la propia transgresión constitucional".
"El Poder Judicial -aclaró la Corte-
tiene la legitimidad democrática que le da la Constitución Nacional, que no se deriva de la elección directa."
En esa línea, recordó que los integrantes del Consejo de la Magistratura "lo hacen en nombre y por mandato de cada uno de los estamentos indicados, lo que supone inexorablemente su elección por los integrantes de esos sectores".
Añadió que, "en consecuencia, el precepto no contempla la posibilidad de que los consejeros puedan ser elegidos por el voto popular".
Por lo tanto, la Corte fundamentó la inconstitucionalidad de la ley en que ésta "rompe el equilibrio al disponer que la totalidad de los miembros del Consejo resulte directa o indirectamente emergente del sistema político-partidario; desconoce el principio de representación de los estamentos técnicos al establecer la elección directa de jueces, abogados, académicos y científicos; compromete la independencia judicial al obligar a los jueces a intervenir en la lucha partidaria, y vulnera el ejercicio de los derechos de los ciudadanos al distorsionar el proceso", con lo cual "directa o indirectamente, la totalidad de los integrantes del Consejo tendría un origen político-partidario".
Finalmente, el más alto tribunal consideró que la ley tachada de inconstitucional desconoce las garantías "que aseguran la independencia del Poder Judicial frente a los intereses del Poder Ejecutivo, del Congreso o de otros factores de poder, en la medida en que obliga al juez que aspira a ser consejero a optar por un partido político".
La Corte le ha puesto así un oportuno límite a un avance totalitario que, bajo el ropaje de una supuesta "democratización" de la Justicia tan sólo ha tratado de someterla al absoluto arbitrio del Poder Ejecutivo, para convertir al Consejo de la Magistratura en un apéndice del partido gobernante.
El fallo en cuestión ha impedido que el órgano encargado de seleccionar y remover a los magistrados pasara a depender íntegramente de la voluntad política de quien ejerza la presidencia de la Nación.
La salud de un régimen republicano y democrático se pone en evidencia cuando la cabeza del Poder Judicial, pese a los nada velados ataques del Poder Ejecutivo, es capaz de pronunciarse como lo hizo ayer.
Y al mismo tiempo, la enfermedad de un régimen enceguecido en su afán totalitario puede calibrarse en toda su gravedad cuando los ministros de la Corte se ven obligados a impartirle al Ejecutivo una lección elemental sobre la división de poderes.
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