La
medida fue anunciada este lunes por el presidente Mauricio Macri, en Casa
Rosada, y acompañada por una fuerte campaña oficial en las redes sociales.
El
decreto de extinción de dominio ya es oficial: cuáles son los puntos clave
Boletín
Oficial.
El
Gobierno nacional dio a conocer el decreto de necesidad y urgencia por el que
entra en vigencia el Régimen Procesal de la Acción Civil de Extinción de
Dominio.
Con
las firmas del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y
los ministros del Gabinete nacional, el decreto 62/2019 fue publicado este
martes en el Boletín Oficial.
La
norma prevé la creación de "una
Procuraduría de Extinción de Dominio a favor del Estado Nacional, con
facultades para realizar investigaciones de oficio así como colaborar con la
identificación y localización de bienes que pudieran provenir de alguno de los
delitos" previstos en el régimen, que incluyen los que tienen que ver
con aquellos contra el patrimonio público, así como el narcotráfico y el crimen
organizado.
El
Gobierno justificó la aplicación del régimen por decreto, al señalar que "la corrupción y los delitos contra la
Administración Pública, el narcotráfico, la trata de personas, el terrorismo y
demás delitos graves afectan el normal funcionamiento de las instituciones
democráticas y republicanas, causando enormes pérdidas para el Estado, en
todas sus dimensiones, que, en definitiva, resultan en mayores costos para los
ciudadanos".
También
sostuvo que "el fenómeno de la
corrupción implica un perjuicio estructural y sistemático al patrimonio y los
recursos del Estado, provocando una afectación a la igualdad de las cargas
públicas y generando un enorme costo para la operación eficaz del Estado, a la
vez que daña el tejido social y desincentiva el cumplimiento de la ley".
El
Poder Ejecutivo sostuvo que a través de la norma se busca proveer al Ministerio
Público Fiscal de "herramientas concretas para llevar adelante juicios
contradictorios, donde quienes sean acusados de la comisión de los
delitos" previstos sean "sometidos a una investigación con el objeto
de determinar si su patrimonio o parte de él está constituido por causa
ilícita".
"Se
regula por el presente una acción civil de carácter patrimonial a través de la
cual, a raíz de la sospecha fundada sobre la comisión de un delito grave, el
Estado cuestiona la titularidad de un bien cuando no se corresponde
razonablemente con los ingresos de su tenedor, poseedor o titular, o representa
un incremento patrimonial injustificado", se informó.
Al
respecto, se busca "extinguir por
vía de una acción civil el derecho sobre los bienes que hayan sido mal habidos
por efecto de actos de corrupción o crimen organizado, a fin de recuperarlos en
beneficio del conjunto de la sociedad".
De
acuerdo al régimen creado, podrán quedar bajo la mira de la Justicia "aquellos bienes incorporados al
patrimonio del demandado con posterioridad a la fecha de presunta comisión del
delito investigado que, por no corresponder razonablemente a los ingresos de su
tenedor, poseedor o titular, o representar un incremento patrimonial
injustificado, permitan considerar que provienen directa o indirectamente de
uno de los delitos" previstos.
Los
bienes sometidos a la acción de dominio quedarán a cargo de la Agencia de Administración
de Bienes del Estado (AABE), en tanto que "el dinero en efectivo o
depositado en cuentas bancarias a la vista será transferido a una cuenta
especial que devengue intereses a fin de mitigar su depreciación, y los
instrumentos financieros con cotización en mercados regulados nacionales o
internacionales serán administrados por el Fondo de Garantía de
Sustentabilidad" que funciona en la ANSES.
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