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Si lo hiciera es muy posible que el "Papa Francisco” le
conceda una Indulgencia Plenaria (1)
(1) «La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena
temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel
dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la
Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con
autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos».
2. Para lucrar las indulgencias, tanto plenarias como
parciales, es preciso que, al menos antes de cumplir las últimas exigencias de
la obra indulgenciada, el fiel se halle en estado de gracia.
3. La indulgencia plenaria sólo se puede obtener una vez
al día.
Pero, para conseguirla, además del estado de gracia, es necesario
que el fiel tenga la disposición interior de un desapego total del pecado,
incluso venial.
Se confiese sacramentalmente de sus pecados; reciba
la sagrada Eucaristía
4 Ore según las intenciones del Romano Pontífice (Su
Amigo Papa Francisco)
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