"De Argentina para el mundo..."



Caricatura de Alfredo Sabat

sábado, 20 de junio de 2020

PRESIDENTE, SENADORES y DIPUTADOS. JUECES, FISCALES y abogados

Les recuerdo el Artículo 29 de la CN (Caso VICENTÍN)
Artículo 29.- El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna.
Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria.

No hay comentarios: