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viernes, 19 de febrero de 2010

Reforma disfrazada a la Carta Orgánica del BCRA

Carlos Arbía [Economista]
Fuente: El Cronista.com

El decreto que formaliza la creación del “Consejo de Coordinación de Política Monetaria y Financiera y Cambiaria” podría constituir el principio de una reforma disfrazada a la Carta Orgánica del BCRA.
Así el Gobierno desempolvó el proyecto de ley, que en agosto de 2007 presentó el actual presidente de la autoridad monetaria Mercedes Marcó del Pont y que tuvo dictamen de la Comisión de Finanzas de Diputados.

El aspecto principal de aquel proyecto era la modificación del art 3 de la Carta Orgánica, que en el fondo es parte del nuevo decreto 272/2010.
Ese proyecto señalaba que “es misión primaria y fundamental del BCRA preservar el valor de la moneda, de un modo consistente con las políticas orientadas a sostener un alto nivel de actividad y asegurar el máximo empleo de los recursos humanos y materiales disponibles, en un contexto de expansión sustentable de la economía.
Las atribuciones del Banco para estos efectos, serán la regulación de la cantidad de dinero y de crédito en la economía y el dictado de normas en materia monetaria, financiera y cambiaria, conforme a la legislación vigente”.

Esa modificación también apuntaba a que “en la formulación y ejecución de las políticas monetaria, financiera y cambiaria, el Banco Central coordinará su cometido con el Poder ejecutivo, sin estar sujeto a órdenes, indicaciones o instrucciones respecto del manejo de los instrumentos de su competencia”.

El primer artículo del decreto que crea el Consejo detalla que el objetivo del mismo es “la coordinación la formulación y la ejecución de la política financiera cambiaria nacional”, algo que anteriormente y de acuerdo a la Carta Orgánica era función del BCRA.
Pero además, de la lectura del art 2 se infiere que la coordinación de las políticas monetaria financieras y cambiarias, que antes eran definidas por el BCRA, ahora dependerán de las decisiones de un consejo integrado por funcionarios del Ministerio de Economía y directores del Banco.

El art 3 es la frutilla del postre. Indica que dicho consejo funcionará en el ámbito del Ministerio de Economía.

Esto indica que no será como en las anteriores gestiones en las que el directorio del BCRA o su Presidente manejaban, con acuerdo del Poder Ejecutivo, la política monetaria financiera y cambiaria, sino que ahora también dependerá de los funcionarios del Palacio de Hacienda.

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